lunes, 25 de octubre de 2010
Características fundamentales de la S.A., S.L. y T.A.
SOCIEDAD LIMITADA: (en España existen el 90% de S.L.)
-Responsabilidad de los socios: se limita a la responsabilidad que ofrecen en proporción al dinero aportado.
-Capital mínimo: Medio millón de las antiguas pesetas (500000 pts.)
SOCIEDAD ANÓNIMA:
TRABAJADOR AUTÓNOMO: Que es diferente de Red Social de Trabajadores Autónomos.
-Responsabilidad patrimonial: Esta responsabilidad puede llegar a ser un problema porque el patrimonio personal y empresarial se mezclan.
-Lo más recomendable en estos casos es formar parte de una sociedad, antes que ser un T.A.
-Por otro lado, la S S. investiga mayormente a las personas físicas antes que a las personas jurídicas (sociedades).
-En lo referente a la tributar, los trabajadores autónomos tributan en al I.R.P.F., y por el contrario, las sociedades tributan en el impuesto de sociedades.
Ley concursal: aquella ley que permite que una persona física, pueda declararse en quiebra o en banca rota.
Antes sólo lo podían hacer las sociedades
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